Reclamar los gastos por constitución de hipoteca que cobró indebidamente el banco, es fácil y te decimos cómo hacerlo:

Te enseñamos a reclamar la devolución de los gastos hipotecarios indebidamente cobrados por los bancos

La sentencia 705/2015 de 23 de diciembre del Tribunal Supremo declaró abusiva la cláusula en la que el BBVA impone al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario, y cuyo texto es el siguiente:

“Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía- y ejecución de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, así como la constitución, conservación y cancelación de su garantía, siendo igualmente a su cargo las primas y demás gastos correspondientes al seguro de daños, que la parte prestataria se obliga a tener vigente”.

Ten cuidado con las cláusulas hipotecarias

Continúa dicha cláusula autorizando, el prestatario al Banco, para que este último le cargue en su cuenta las cantidades necesaria hasta la total inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, añadiendo los gastos, también a cargo del prestatario, y en caso de impago, por la reclamación judicial o extrajudicial de la deuda, incluidos honorarios de Abogado y Procurador, y ello aunque su intervención no sea obligatoria. Dichas cantidades quedarán incluso garantizadas por la propia hipoteca o garantía real, que no es otra que la vivienda.

Al igual que ocurrió con las cláusulas suelo, redactadas de diferente manera por los distintos Bancos o Entidades Financieras, estas cláusulas de atribución al consumidor de todos los gastos derivados de la concertación y desarrollo del contrato, serán nulas; pero para ello, será necesario que el prestatario o deudor realice la oportuna reclamaciónante el Servicio de Atención al Cliente del Banco y, en su caso, proceda a demandar ante los Juzgados correspondientes.

Esto es así, porque la nulidad declarada por el Tribunal Supremo, lo es en base a la falta de concreción con el propio contrato de préstamo, de los gastos, comisiones y tributos, quedando establecidos de manera genérica.

El Tribunal Supremos declara nulas las cláusulas abusivas derivadas de la formalización de una hipoteca

Estos son los pasos que debe seguir para reclamar:

- Primero, reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente del Banco o Entidad con quien se contrató el préstamo hipotecario, o en su caso, de la nueva Entidad que se haya fusionado o haya absorbido a aquél a quien se le pidió el dinero para la constitución de la hipoteca.

- Transcurridos 2 meses desde dicha reclamación, siempre que no se haya contestado o se haya hecho de forma negativa, se podrá proceder a la correspondiente demanda judicial ante el partido judicial del domicilio del prestatario o deudor o del domicilio social del Banco, indistintamente.

- Lo que se ha de solicitar en la demanda que se plantee ante el Juzgado, será la nulidad de la cláusula por abusiva y la restitución de los gastos abonados como consecuencia de dicho pacto, los que deberán ir perfectamente documentados con sus correspondientes facturas. Será necesaria la intervención de Abogado y Procurador por el tipo de procedimiento.

- Se podrán reclamar facturas de Notaría y Registro de la Propiedad. El Tribunal Supremo dice en su sentencia que, “en lo que respecta a la formalización de escrituras notariales e inscripción de las mismas (necesaria para la constitución de la garantía real, esto es, la hipoteca) tanto el arancel de los notarios como el de los registradores de la propiedad, atribuyen la obligación de pago al solicitante del servicio de que se trate o a cuyo favor se inscriba el derecho. Y quien tiene el interés principal en la documentación e inscripción es la escritura de préstamo con garantía hipotecaria es, sin duda, el prestamista, pues así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real, y adquiere la posibilidad de ejecución especial”.

- Gastos de tasación de la vivienda.

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados al que se encuentre sujeta y no exenta la escritura de Prestamos Hipotecario. En este caso, el Tribunal Supremo entiende que el sujeto pasivo es el Banco o entidad prestamista. Es decir, el obligado al pago de dicho impuesto, tanto en lo que se refiere a su cuota fija -timbre del papel notarial- , como en su cuota gradual, es precisamente el Banco y no el prestatario o deudor hipotecario; por lo que es un impuesto a incluir en la reclamación.

- Gastos de Gestoría siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el banco.

Reclamación de los gastos de hipoteca

Se puede reclamar si la hipoteca ya está cancelada. Tanto si su hipoteca está activa, como si ha vendido su casa o si ha realizado novaciones sobre el préstamo inicial, puede reclamar los gastos. Estos gastos aproximados que se pueden reclamar para una hipoteca de 150.000.-€ pueden ascender a los 3.000.- €.

El plazo para solicitar la nulidad de la cláusula y reclamar la restitución de las cantidades pagadas indebidamente, para aquéllas hipotecas que se encuentran todavía vigentes, es el de cuatro años a contar desde el día siguiente a la fecha de la Sentencia del -tribunal Supremo, es decir, dicho plazo finalizará el día 24 de diciembre de 2.019; y para aquéllas que hayan sido totalmente abonadas se podrá proceder a la reclamación, si su total pago se hizo dentro del plazo de los 4 años anteriores al 23 de diciembre de 2.015.

MODELO DE RECLAMACIÓN DE GASTOS DE HIPOTECA

Utiliza este modelo de reclamación para dirigirte a tu entidad bancaria reclamando la devolución de los gastos de formalización de hipoteca que no debieron cobrarte:

Descargar el modelo de reclamación de gastos de hipoteca

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Escrito por Cristino Torío

Cristino Torío, CEO de Inmuebles y Exclusivas
Casi desde siempre he querido ser inmobiliario. Se dice que, al menos en nuestro país, l@s niñ@s no quieren ser inmobiliarios. Este no ha sido mi caso. Con 19 años y haciendo Derecho en Salamanca le dije a un promotor amigo de la familia que si me dejaba vender sus pisos. Yo creo que me dejó para quitarme del medio, pero conseguí vender en 2 meses de verano 22 unidades, y con lo que percibía por cada piso dí la entrada para mi primera vivienda. El sector inmobiliario me había conquistado y, aunque en medio de todo esto he trabajado en asesoría fiscal y laboral, he hecho un master en Derecho Comunitario y varios años de Erasmus fuera de España, he trabajado en Consultoría de franquicias, etc. El sector inmobiliario me seguía llamando porque me tenía atrapado.

Creo que para amar este sector tienes que querer a las personas, disfrutar cada día con las distintas situaciones que se te plantean, querer ayudar, cooperar, competir y estar en permanente formación. En este sentido y, superado un momento personal difícil, cada día me encuentro más motivado, con ganas de hacer cosas y desde mi pequeña atalaya contribuir a mejorar el sector y la profesión, dedicando un tiempo a intentar formar a nuestros posibles clientes para que aprendan a querernos y respetarnos.

Gracias a todos los clientes que me completan cada día, a los compañeros de profesión con los que tanto disfruto y a algunos de mis referentes que, sin citar a nadie, ellos saben quiénes son.

Gracias a todos porque me hacéis muy feliz, cada día estoy más motivado y cada día puedo, quiero y sé tratar mejor a mis clientes.